En Glovanza estamos comprometidos con mantener informada a nuestra comunidad sobre los principales cambios en materia tributaria, contable y jurídica que impactan a las empresas y contribuyentes en Colombia.
El nuevo proyecto de reforma tributaria contempla la derogatoria y eliminación de varios artículos del Estatuto Tributario y de normas complementarias. Estas modificaciones impactan directamente a personas naturales, sucesiones ilíquidas, trabajadores y diversos sectores económicos. A continuación, presentamos un resumen detallado de los principales cambios y sus implicaciones.
1. Artículos del Estatuto Tributario Derogados (vigencia desde 1 de enero de 2026)
- Artículos 38, 39, 40, 40-1, 41, 81-1, 118: Eliminan el beneficio del componente inflacionario en rendimientos financieros.
👉 Impacto: Personas naturales ya no podrán excluir ni deducir esta porción, aumentando su base gravable. - Artículo 44: Elimina el ingreso no gravado por la utilidad en la venta de la casa o apartamento de habitación.
👉 Impacto: Se encarece la venta de vivienda para personas naturales, pues toda utilidad será gravada. - Artículo 254-1: Se elimina el descuento tributario sobre dividendos y participaciones para residentes.
👉 Impacto: Aumenta la tributación de quienes reciben dividendos. - Artículo 336 (inciso 2 del numeral 3): Se elimina la deducción de hasta 72 UVT por dependiente (máx. 4).
👉 Impacto: Reducción en beneficios para trabajadores con cargas familiares. - Artículo 386 y parágrafo 1 del artículo 387: Se eliminan opciones y beneficios frente a la retención en la fuente.
👉 Impacto: Menor flexibilidad para los trabajadores en el cálculo de retenciones.
2. Otras Derogatorias Relevantes
- Artículo 424, numeral 12: Se modifica el tratamiento de la venta de bienes inmuebles.
- Artículo 428, literal j): Se elimina la exención de IVA para importaciones de hasta USD $200 vía tráfico postal.
- Artículo 462-1, parágrafo 2: El servicio de transporte de valores pasa de excluido a gravado.
- Artículo 476, numerales 20 y 21: Se elimina la exclusión de IVA para licencias de software, páginas web, hosting y cloud computing.
- Artículo 481, literal d): Se elimina la exención en servicios turísticos para no residentes.
- Artículo 496, inciso 2: Se restringe la posibilidad de contabilizar deducciones e impuestos descontables en períodos posteriores.
- Artículo 616-1, parágrafo 2: Se elimina el reconocimiento de costos/deducciones con documentos POS.
- Artículo 869-1: Derogatoria de la cláusula general antiabuso.
- Artículo 881-1: Eliminación de la excepción al GMF, volviendo al sistema de cuenta exenta.
- Ley 2294 de 2023, artículo 69: Eliminación del beneficio de auditoría para los años 2025 y 2026.
- Ley 1819 de 2016, artículo 221 (parágrafo 5): Más sujetos deberán pagar el impuesto al carbono.
3. Vigencia de Artículos 34 a 42
Estos artículos entran a regir desde el mes siguiente a la vigencia de la ley y actualizan el régimen de impuestos al consumo de:
- Cervezas
- Licores
- Cigarrillos, tabaco y derivados
👉 Impacto: Se actualizan bases gravables, tarifas y procedimientos de liquidación y recaudo, aumentando la carga en productos de consumo masivo.
La reforma elimina beneficios históricos que permitían a las personas naturales optimizar su tributación, como la exclusión del componente inflacionario, deducciones por dependientes y utilidades en venta de vivienda. Además, amplía la base gravable en consumos cotidianos, importaciones menores y servicios digitales.
Estas medidas implican una mayor carga tributaria para:
- Personas naturales asalariadas y con dependientes.
- Inversionistas que reciben rendimientos financieros o dividendos.
- Propietarios que venden vivienda.
- Usuarios de servicios digitales y turismo.
Es fundamental que contribuyentes y empresas revisen su planeación tributaria y se preparen para los impactos que comenzarán a regir en 2026.
En Glovanza seguiremos compartiendo estas novedades cada semana para que cuentes con información clara y confiable para la toma de decisiones.

